DERECHO NOTARIAL
Por regla general no se necesita abogado en la mayoría de tramites notariales, no obstante, NO SOLO las escrituras de constitución, modificación, resciliación o liquidación de sociedades, de liquidación de sociedades conyugales, de asociaciones, cooperativas, contratos de transacciones y contratos de emisión de bonos de sociedades anónimas, deben ser extendidas en los protocolos notariales sobre la base de minutas firmadas por algún abogado., pues en principio todo tramite donde se requiera escritura pública debe ser hecha por un abogado. A pesar que la ley no es imperativa en relación a determinados contratos es altamente conveniente por ejemplo en los contratos de compra venta de bienes raíces, intervenga un abogado, tanto por los montos involucrados como porque siempre será aconsejable un estudio previo de los títulos de dominio. Algunos de los servicios donde mas se solicita los servicios de nuestro equipo son:
- Matrimonios Civil y Capitulaciones.
- Divorcios.
- Sucesiones.
- Testamentos.
- Afectación a Vivienda Familiar.
- Corrección de Registro Civil.
- Cambio de Nombre o Apellidos.
- Corrección de edad.
- Escrituración Comercial.
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